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Alaska Airlines, Inc. Contrato de Transporte

Revisado el 7 de marzo de 2024

El Transporte Domestico y/o Transporte Internacional de Pasajeros y Equipaje proporcionado por Alaska Airlines, Inc. (“Alaska”), así como por otros Transportistas que operan vuelos a nombre de Alaska bajo contratos de compra de capacidad operacional o de cualquier otro tipo, incluyendo, sin limitar a nuestros socios regionales Horizon Air Industries, Inc. (“Horizon”), y SkyWest Airlines, Inc. (“SkyWest”), están sujetos a los términos y condiciones de este Contrato de Transporte, en adición a cualesquiera de los términos y condiciones impresos sobre o en cualquier Boleto o recibo de Boleto Electrónico. Adicionalmente, Alaska puede vender boletos de vuelos operados por uno o más de sus Socios de Código Compartido, dichos boletos estarán sujetos a los términos y condiciones de este Contrato de Transporte, salvo por lo expresamente excluido. Mediante la compra de un Boleto o la aceptación de Transporte Doméstico o Transporte Internacional con Alaska y/o sus socios regionales o Socios de Código Compartido, el Pasajero acepta obligarse a todos los términos y condiciones de este Contrato de Transporte; ningún acuerdo por ley o equidad se considerará implícito o incorporado al presente. Este Contrato de Transporte está sujeto a las leyes aplicables, reglamentos y normas impuestas por los EE.UU. y las agencias gubernamentales extranjeras. En caso de conflicto entre los términos de este Contrato de Transporte y cualquier ley, reglamento o norma aplicable, deberán aplicarse estos últimos.

Ver todas las reglas Regla 1. Definiciones Regla 2. Formato Estandarizado de Normas Electrónicas para Fines de Carga de Tarifas Regla 3. Aplicación del Contrato Regla 4. Boletos Regla 5. Reservaciones Regla 6. Ruta, Redireccionamiento y Escalas. Regla 7. Cancelación de Reservaciones y Prácticas Prohibidas Regla 8. Responsabilidad por Demoras, Cancelaciones y Abordaje Regla 9. Documentos de Viaje — Responsabilidad de Pasajero Regla 10. Revisión de Pasajeros y Equipaje Regla 11. Negativa al Transporte Regla 12. Servicios Especiales Regla 13. Aceptación de Niños Regla 14. Aceptación del Servicio de Animales de Servicio Regla 15. Aceptación de Equipaje Regla 16. Servicios de Código Compartido Regla 17. Reembolsos Regla 18. Tarifas, Cargos y Moneda Regla 19. Limitaciones de Responsabilidad Adicionales para Transporte Internacional Regla 20. Consentimiento para el Uso de Información Personal

Regla 16. Servicios de Código Compartido

  1. Alaska tiene acuerdos con sus Socios de Código Compartido para permitir que Alaska ofrezca servicios a sus Pasajeros en vuelos operados con por sus Socios de Código Compartido. El Transporte provisto por Alaska bajo un acuerdo con sus Socios de Código Compartido será designado por medio de un número de vuelo que incluye el código de designación de dos letras de la aerolínea, “AS”.
  2. Las reglas establecidas en el presente Contrato de Transporte con relación a la facturación, reservación, cancelación, tarifas y devoluciones, aplicarán a los servicios operados por los Socios de Código Compartido. No obstante lo anterior, cada Socio de Código Compartido ha establecido sus reglas en relación con la operación sus vuelos, las cuales pueden diferir de lo establecido en el presente Contrato de Transporte, esto incluye sin limita los siguientes rubros:
    • Límite para realizar el Registro;
    • Menores No Acompañados,
    • Transporte de Animales, incluyendo Animales de Servicio;
    • Denegación de Embarque;
    • Transporte de Pasajeros Embarazados;
    • Servicios de Oxigeno;
    • Operaciones Irregulares,
    • Compensación por Denegación de Embarque; y
    • Transporte de Instrumentos Musicales.
  3. Cada una de las reglas de los Socios de Código Compartido mencionadas anteriormente, que se encuentran en el contrato de transporte, son incorporadas por referencia en el presente Contrato de Transporte y aplican a los servicios prestados en los vuelos operados por los Socios de Código Compartido. Dichas reglas impuestas por los Socios de Código Compartido reemplazan cualquier regla de Alaska establecida en este Contrato de Transporte, que de igual forma son aplicables. No obstante lo anterior, las disposiciones de aceptación y responsabilidad del Equipaje establecidas en la Regla 15 regirán la aceptación del equipaje y la responsabilidad del equipaje de Alaska con respecto a cualquier transporte sujeto a este Contrato de Transporte. El contrato de transporte de los Socios de Código Compartido de Alaska se Encuentra disponible en las siguientes ligas. Los pasajeros viajando en un vuelo operado por un Socio de Código Compartido, deberán revisar las condiciones de transporte aplicables, a efectos de asegurarse de que estén familiarizados y puedan cumplir con las reglas y téminos aplicables.
  4. En los casos en que un Socio de Código Compartido opere un vuelo en el cual aparezca el código “AS” de Alaska, el plan de contingencia del Socio de Código Compartido aplicará para los retrasos extensos en pista .