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Alaska Airlines, Inc. Contrato de Transporte

Revisado el 7 de marzo de 2024

El Transporte Domestico y/o Transporte Internacional de Pasajeros y Equipaje proporcionado por Alaska Airlines, Inc. (“Alaska”), así como por otros Transportistas que operan vuelos a nombre de Alaska bajo contratos de compra de capacidad operacional o de cualquier otro tipo, incluyendo, sin limitar a nuestros socios regionales Horizon Air Industries, Inc. (“Horizon”), y SkyWest Airlines, Inc. (“SkyWest”), están sujetos a los términos y condiciones de este Contrato de Transporte, en adición a cualesquiera de los términos y condiciones impresos sobre o en cualquier Boleto o recibo de Boleto Electrónico. Adicionalmente, Alaska puede vender boletos de vuelos operados por uno o más de sus Socios de Código Compartido, dichos boletos estarán sujetos a los términos y condiciones de este Contrato de Transporte, salvo por lo expresamente excluido. Mediante la compra de un Boleto o la aceptación de Transporte Doméstico o Transporte Internacional con Alaska y/o sus socios regionales o Socios de Código Compartido, el Pasajero acepta obligarse a todos los términos y condiciones de este Contrato de Transporte; ningún acuerdo por ley o equidad se considerará implícito o incorporado al presente. Este Contrato de Transporte está sujeto a las leyes aplicables, reglamentos y normas impuestas por los EE.UU. y las agencias gubernamentales extranjeras. En caso de conflicto entre los términos de este Contrato de Transporte y cualquier ley, reglamento o norma aplicable, deberán aplicarse estos últimos.

Ver todas las reglas Regla 1. Definiciones Regla 2. Formato Estandarizado de Normas Electrónicas para Fines de Carga de Tarifas Regla 3. Aplicación del Contrato Regla 4. Boletos Regla 5. Reservaciones Regla 6. Ruta, Redireccionamiento y Escalas. Regla 7. Cancelación de Reservaciones y Prácticas Prohibidas Regla 8. Responsabilidad por Demoras, Cancelaciones y Abordaje Regla 9. Documentos de Viaje — Responsabilidad de Pasajero Regla 10. Revisión de Pasajeros y Equipaje Regla 11. Negativa al Transporte Regla 12. Servicios Especiales Regla 13. Aceptación de Niños Regla 14. Aceptación del Servicio de Animales de Servicio Regla 15. Aceptación de Equipaje Regla 16. Servicios de Código Compartido Regla 17. Reembolsos Regla 18. Tarifas, Cargos y Moneda Regla 19. Limitaciones de Responsabilidad Adicionales para Transporte Internacional Regla 20. Consentimiento para el Uso de Información Personal

Regla 12. Servicios Especiales

  1. Pasajeros No Ambulatorios. Las Persona que son incapaces de caminar o moverse por sí mismos o necesiten la ayuda de otra persona para caminar o moverse, pero que son de otra forma, capaces de cuidarse por sí mismos sin asistencia a través de un vuelo considerado como No Ambulatorio. Los Pasajeros No Ambulatorios y las personas con deficiencias o discapacidades físicas, lo que causaría que requieran una atención especial o asistencia del personal de Alaska serán aceptados para el transporte sin un asistente sujeto a las siguientes condiciones:
    1. El Pasajero debe ser capaz de ocupar un asiento de cabina en posición vertical. Un dispositivo de Postura Ortotica ("OPD" por sus siglas en inglés) puede ser usado si esto no impide el acceso de cualquier Pasajero al pasillo y el cinturón de seguridad puede ser ajustado alrededor de la persona.
    2. Alaska proporcionará o hará acuerdos para asistir a los Pasajeros al abordar y al descender de la aeronave.
    3. Cualquier gasto por servicios que no requieran ser proporcionados sin cargo bajo el articulo 14 C.F.R. Parte 382 serán cargados al Pasajero.
    4. Dos Pasajeros No Ambulatorios no serán sentados al cruce del pasillo de uno a otro en la misma fila de asiento y un Pasajero no ambulatorio no será sentado en una salida de emergencia debido al requisito de seguridad de la FAA.
    5. Si un Pasajero utiliza silla de ruedas por conveniencia, el Pasajero no será considerado como No Ambulatorio.
    6. Un Niño o Infante no será considerado como No Ambulatorio meramente debido a su edad.
  2. Personas Calificadas con una Discapacidad. Alaska requiere un Pasajero, incluyendo una Persona Calificada con una discapacidad, para proporcionarle hasta cuarenta y ocho (48) horas anteriores al aviso y al registro una (1) hora antes, a la hora de registro para el público en general para vuelos si dicho Pasajero solicita recibir cualquiera de los siguientes servicios de comodidades:
    1. Transporte de una silla eléctrica sobre una aeronave con menos de 60 asientos;
    2. Suministro de Alaska de empaques para materiales peligrosos para una batería de una silla de ruedas u otros Dispositivos de Apoyo que requerían dicho empacado;
    3. Acomodo de un grupo de diez (10) o más Personas Calificadas con una Discapacidad que hacen reservación y viajan como un grupo:
    4. Suministro de una silla de ruedas a bordo de una aeronave con más de sesenta (60) asientos que no tiene un baño accesible
    5. El uso de ventilador, respirador, Maquina de Presión Positiva Continua en la Vía Aérea ("CPAP" por sus siglas en inglés, o Pasajeros propietarios de un Concentrador de Oxigeno Portátil ("POC" por sus siglas en ingles).
    6. Para obtener información sobre el transporte de un animal de servicio, consulte la Regla 14 y www.alaskaair.com
  3. Cando un Asistente de Viaje es Requerido. Si Alaska determinas que un asistente es esencial para la seguridad, Alaska puede solicitar que el Pasajero, incluyendo Personas Calificadas con un Discapacidad, que reúnan cualquiera de los siguientes criterios, viaje con un asistente como una condición de ser proporcionado Transporte Domestico y/o Transporte internacional:
    1. Un Pasajero que, debido a una discapacidad mental, es incapaz de comprender o responder apropiadamente las directivas de seguridad del personal de Alaska, incluyendo las directivas de seguridad requeridas por el artículo 14 del F.R. Secciones 121.571(a)(3), (a)(4), y 135.117(b);
    2. Un Pasajero con una movilidad deficiente demasiado severa que el Pasajero sea incapaz de asistirse físicamente en su propia evacuación de la aeronave; o
    3. Un Pasajero que tiene tanto severa sordera como discapacidad visual si el Pasajero no puede establecer algunas maneras de comunicación con el personal de Alaska adecuado para permitir la transmisión de las directivas de seguridad

    Si Alaska determinas que un Pasajero reúnen esos criterios debe viajar con un asistente, contraria a la autoevaluación del Pasajero de que él/ella es capaz de viajar independientemente, Alaska no hará cargos por el transporte del asistente. Para los Pasajeros que viaja para/desde Canadá, Alaska aceptara una determinación del Pasajero discapacitado de su autosuficiencia, y Alaska no proporcionara un asistente de seguridad

    Los asistentes de vuelo de Alaska y otros miembros de la tripulación no pueden proporcionare servicios médicos a los Pasajeros ni ayudar a los Pasajeros con su alimentación o dentro del baño.

  4. Los Pasajeros Provistos de POCs. Los POCs aprobados por la FAA pueden ser transportados y usados a bordo de vuelos operados por Alaska, sin ningún cargo, de conformidad con los requerimientos de la Los Pasajeros que utilizan POCs es necesario proporcionar a Alaska con un mínimo de cuarenta horas antes al aviso y al registro una hora antes, la hora de registro para el público en general para Transporte Domestico y Transporte Internacional y deberá también reunir las siguientes condiciones:
    1. POCs Aprobados por la FAA y aceptados por Alaska, pueden ser utilizados a bordo de una aeronave de Alaska. Los Pasajeros son remitidos a alaskaair.com y al artículo 14 del C.F.R. Parte 121, a la Regulación Especial Federal de Aviación ("SFAR" por sus siglas en inglés) No. 106 para detalles respecto del Contrato de POCs y una lista de POCs que son aprobados para su uso en una aeronave;
    2. Las marcas y modelos de POCs no aprobados por la FAA que no contengan comprimido u oxigeno liquido puede ser transportado en la cabina si ellos reúnen los requerimientos de tamaño y peso de Equipaje de Mano de Alaska. Alternativamente, ellos pueden ser transportados como Equipaje Documentado. Alaska puede aceptar otras marcas y modelos para uso a bordo de un avión en el futuro siempre que sean aprobados por la FAA y Alaska.
    3. Los Pasajeros deben satisfacer los requerimientos específicos previo abordaje de la Los Pasajero deben:
      1. Dar aviso previo en el registro de reservación que él/ella está planeando usar un POC a bordo de la aeronave;
      2. asegurar que él/ella tiene suficiente batería para encender el POC para la duración de su vuelo más tres (3) horas adicionales para anticipar retrasos no anticipados y tiempo de conexión terrestre donde el POC se planee (Aeronaves con energía eléctrica en el asiento no están disponibles para Pasajeros que usan POCs)
      3. asegurar que todas las baterías extras estén debidamente protegidas de corto circuitos mediante:
        1. tener terminales de batería empotradas o;
        2. empacar las baterías de manera que no hagan contacto con objetos metálicos incluyendo las terminales de otras baterías.
    4. Falla para reunir los requerimientos resultando en un uso denegado del POC durante el viaje. Los Pasajeros que planean un viaje con POCs son responsables por informar a Alaska tan pronto como sus reservaciones sean confirmadas, respecto de si las reservaciones fueron hechas a través de un agente de ventas, en el internet o directamente con Alaska, en orden para confirmar los requerimientos específicos y para informar a Alaska con la información solicitada.
    5. Cuando se viaja en conexión a o desde cualquier vuelo distinto a Alaska (incluyendo vuelos operados por Horizon o SkyWest a nombre de Alaska Airlines), el Pasajero es responsable para notificar y hacer acuerdos independientes directamente con otro Transportista.
    6. Loa POCs son Dispositivos de Apoyo para Pasajeros con discapacidades. Como tales, no cuentan como Equipaje de Mano o para los límites de Equipaje Documentado, si son o no usados Ellos deben ser capaces para quedar bien por debajo del asiento o en un compartimiento de almacenamiento superior. Un Pasajero usando un POC no puede sentarse en una fila de salida o en asiento de mamparo
    7. Alaska no es responsable por las fallas en el equipo d POC, falla de las baterías que alimentan el POC, o cualquier otras pérdidas o daños allegados al Pasajero o cualquier persona que surja del uso o posesión del POC, a menos que sea causado por negligencia o conducta intencional de Alaska