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Legal — políticas para agentes de viajes

Todos los agentes de viaje que reserven o emitan boletos de transporte aéreo en Alaska Airlines ("Alaska"), incluyendo los vuelos operados por Horizon Air o SkyWest Airlines que son comercializados por Alaska, deberán cumplir los siguientes principios, normas e instrucciones ("Normas de Alaska") conforme la Sección 11.3 del Acuerdo de Informes de Agentes de Airline Reporting Corporation ("ARC") con fecha del 1 de julio de 2013 (y sus enmiendas ocasionales, la "ARA") y la Resolución 824 de la Asociación Internacional de Transporte Aéreo ("IATA"), secciones 3.2 y 4.

Las Normas de Alaska se aplican a cualquier entidad que muestre, publique, reserve, venda o emita boletos de cualquier servicio de transporte de Alaska y tengan vigencia inmediata, y se agreguen a (y no en reemplazo de) todo derecho adicional al cual Alaska está autorizada según el ARC de la ARA o el Acuerdo de Agencias de Venta a Pasajeros de la IATA. Si continúa participando en el ARC de la ARA o el Acuerdo de Agencias de Venta a Pasajeros de la IATA, un agente acepta cumplir con las Normas de Alaska, el Contrato de Transporte Aéreo de Alaska y todo reglamento aplicable de la tarifa de Alaska cuando se reserva o emite el boleto de transporte en Alaska.

Las Normas de Alaska pueden estar sujetas a la modificación y actualización en forma eventual sin previo aviso. Es la responsabilidad de cada agente garantizar que todos sus empleados o contratistas cumplan con las Normas de Alaska, incluyendo actualizaciones y modificaciones futuras.

Divulgaciones adecuadas de tarifas, cargos y términos y condiciones

Un agente que publique tarifas de Alaska como disponibles para la compra a través de un agente debe incluir siempre todos los impuestos aplicables, cargos del aeropuerto y otras recaudaciones fiscales, cargos y tarifas ("Tarifas Obligatorias") que se conozcan al momento de la publicación. Cualquier Tarifa Obligatoria comunicada al agente por parte de Alaska no puede ser alterada por el agente. Los cargos por productos y servicios opcionales se deben presentar como tales con claridad, y solo se deben aplicar si el cliente elige afirmativamente comprar dicho producto o servicio (es decir, casillas no marcadas predeterminadamente por cargos opcionales).

Los agentes no pueden imponer cargos por servicios que Alaska brinde a sus clientes sin costo alguno, como el registro en línea, la selección de asientos o el servicio limitado de bebidas. Los agentes tampoco pueden cobrar tarifas superiores a las de Alaska por cualquier servicio pago de Alaska, como equipaje documentado o entretenimiento durante el vuelo. Si el agente le cobra al cliente un costo por la reserva, dicha tarifa se tiene que divulgar como tarifa diferente a la de Alaska y las Tarifas Obligatorias, de modo que quede claro que la tarifa es cobrada por el agente y no por Alaska (por ejemplo, etiquetada como "Tarifa de Reserva de [Nombre de la Agencia]"). En ningún caso, el agente puede aplicar tarifas de servicio, descuentos u otros cargos por las tarifas de Alaska que sean superiores a los impuestos por el agente sobre la tarifa de cualquier otra compañía aérea.

Antes de reservar, el agente le debe comunicar al cliente todos los términos y condiciones de Alaska y los reglamentos y las restricciones de la tarifa aplicables. Todo término y condición adicional impuesto por el agente se debe revelar claramente al cliente, de manera que quede claro que dichos términos y condiciones no son fijados ni respaldados por Alaska.

Para garantizar que se le brinde a los clientes la información precisa, toda descripción de productos de Alaska que se ofrezca debe incluir un enlace a la fuente de información en AlaskaAir.com. Esto incluye información sobre tarifas de equipaje, oferta de productos a bordo, mapas de asientos, productos financieros y premios.

Tiraje de boletos de Alaska Airlines

Un agente puede emitir un boleto con un itinerario de varios segmentos en el tiraje de boletos 027 de Alaska Airlines solo si el itinerario cumple con los siguientes criterios: (i) el itinerario incluye al menos un vuelo operado por Alaska u operado por otro proveedor pero comercializado con un número de vuelo y tarifa de Alaska (vuelo con código compartido de Alaska), (ii) el resto de los segmentos en el itinerario son operados por proveedores con los cuales Alaska tiene un acuerdo valido de emisión de boletos, y (iii) el itinerario no contiene ningún segmento operado por otra aerolínea que lleva a los pasajeros de los EE. UU. a que crucen una frontera internacional (excluyendo a Canadá o México) o vuelan afuera de los EE. UU., a menos que el segmento internacional sea comercializado como un código compartido con Alaska. Cualquier segmento que no cumpla con las normas anteriormente mencionadas se debe emitir por separado en el tiraje de boletos de otra aerolínea.

  • Ejemplo: El Segmento 1 es un vuelo de código compartido de Alaska dentro de los EE. UU., el Segmento 2 es un vuelo de EE. UU. a Canadá operado por otra aerolínea con la cual Alaska tiene un acuerdo valido de emisión de boletos. Se puede usar el listado 027 en ambos segmentos.
  • Ejemplo: El Segmento 1 es un vuelo operado por Alaska dentro de los EE. UU., el Segmento 2 es un vuelo de código compartido de Alaska desde EE. UU. a México. Se puede usar el listado 027 en ambos segmentos.
  • Ejemplo: El Segmento 1 es un vuelo de código compartido de Alaska dentro de los EE. UU., el Segmento 2 es un vuelo dentro de EE. UU. operado por otra aerolínea con la cual Alaska no tenga un acuerdo valido de emisión de boletos. Se puede usar el listado 027 en el Segmento 1, pero en el Segmento 2 se debe emitir el boleto por separado en el tiraje de boletos de otra aerolínea.
  • Ejemplo: El Segmento 1 es un vuelo operado por Alaska dentro de los EE. UU., el Segmento 2 es un vuelo desde EE. UU. a un lugar fuera de EE. UU., Canadá o México que sea operado por una aerolínea con la cual Alaska posea un acuerdo valido de emisión de boletos, pero el Segmento 2 no es comercializado por la otra aerolínea como un código compartido con Alaska. Se puede usar el tiraje de boletos 027 para el Segmento 1, pero el Segmento 2 se debe emitir por separado en el tiraje de boletos de la otra aerolínea.

Propiedad intelectual de Alaska, datos de vuelo y datos de pasajeros

Cada agente reconoce y acepta que, entre el agente y Alaska, Alaska posee, controla y conserva todos los derechos, títulos e interés en y para los Datos de Alaska y todos los derechos de autor, base de datos y otros derechos de propiedad intelectual relacionados con los mismos. Los Datos de Alaska pueden incluir, entre otros, horarios de vuelos, tarifas, disponibilidad de vuelos, disponibilidad de inventario, asignación de asiento, mejoras de servicio, información de vuelo, información de cuenta del programa de viajero frecuente y productos y servicios auxiliares ofrecidos por Alaska. Los Datos de Alaska también incluyen toda la información relacionada a la transacción entre un cliente y Alaska, como los datos de reservación y pago, y toda la información que un agente pasa a Alaska a través de un PNR o registros similares de reservación. Alaska trata toda la información de los clientes conforme a sus políticas de privacidad.

Cada agente se debe seguir todas las pautas relacionadas con las marcas de servicio, marcas registradas, nombres comerciales, Datos de Alaska y otra propiedad intelectual de Alaska.

Un agente no puede, sin el consentimiento por escrito de Alaska, distribuir, exhibir o brindar acceso directo o indirecto a ningún Dato de Alaska (o cualquier porción de los mismos) a un tercero, incluyendo, entre otros, cualquier Sitio Metasearch, o recibir cualquier referido, enlace a la página web a través de cualquier Sitio Metasearch que sea atribuible a una tarifa de Alaska en conexión con cualquier resultado de búsqueda en el Sitio Metasearch. Los agentes tampoco pueden publicar o tener un enlace de publicación en cualquier Sitio Metasearch relacionado con una tarifa de Alaska. Un "Sitio Metasearch" es un sitio web de Internet que obtiene datos de tarifas de diferentes empresas de servicios de viaje, reúne esta información de tarifas en respuesta a las consultas de usuarios, e incluye enlaces a esas otras empresas de servicio de viajes para reservar los itinerarios seleccionados.

Los agentes no deben ofertar en la propiedad intelectual de Alaska, incluyendo Datos de Alaska, con ningún motor de búsqueda en línea. Es decir, los Agentes no pueden comprar ni ofertar en búsquedas que contengan marcas comerciales, nombres comerciales, marcas de servicio o faltas de ortografía de Alaska. Incluye el nombre principal de Alaska (Alaska Airlines, Alaska Air, AlaskaAir.com) y aquellos de sus subproductos (Horizon Air, Mileage Plan, etc.).

Los agentes no pueden usar marcas comerciales, nombres comerciales y marcas de servicio de Alaska en dominios como el URL de destino o URL de muestra, o como un subdominio sin consentimiento por escrito. Las páginas de inicio de los Agentes solo pueden utilizar el logo oficial de Alaska, disponible en nuestra Sala de Prensa; usar una imagen que no sea de la marca Alaska está expresamente prohibido sin poseer un permiso por escrito (esto incluye imágenes de aviones, artículos de servicio durante el vuelo y experiencias en el aeropuerto).

Cumplimiento de las leyes vigentes

Todos los agentes deben cumplir con todas las leyes, normas y regulaciones aplicables relacionadas con los servicios de publicidad, venta o distribución de servicios de transporte aéreo. Esto incluye, entre otros:

  • Cumplimiento de todas las normas y pautas del Departamento de Transporte que rigen la visualización o publicación de tarifas y servicios de transporte aéreo, entre ellos 14 C.F.R. §399.84;
  • Cumplimiento de 14 C.F.R. Parte 257, con respecto a la divulgación de servicios con código compartido;
  • Cumplimiento con 14 C.F.R. Parte 258, con respecto a la divulgación de cambio de servicios de evaluaciones;
  • La entrega de todos las notificaciones aplicables, incluyendo, entre otros, la notificación de términos de contrato requeridos por 14 C.F.R. Parte 221 y 14 C.F.R. Parte 253; la notificación de responsabilidad sobre el equipaje 14 C.F.R. Parte 254, las notificaciones de limitaciones de responsabilidad internacional requeridas conformes al orden del DOT 2006-10-14 (Docket OST-2005-22617 (26 de oct. de 2006)); y la notificación de sobreventa requerida por 14 C.F.R. Parte 250;
  • Cumplimiento de 14 C.F.R. Parte 382, con respecto a la no discriminación por discapacidad en viajes aéreos.
  • Cumplimiento con los requisitos de notificación de 14 C.F.R. §399.85 con respecto a las tarifas y equipaje permitido.

Esta lista de normas y regulaciones no es completa. Además, los agentes no se deben involucrar en una competencia desleal, o cualquier otra práctica desleal y falaz, conforme a 49 U.S.C. § 41712 y las leyes relacionadas.

Los agentes que emiten boletos para viajes que vuelan parcialmente o completamente fuera de EE. UU. y los agentes que operan en jurisdicciones que no sean las de EE. UU. deben cumplir con todas las leyes, normas y regulaciones aplicables para dichas jurisdicciones extranjeras. Cada agente debe familiarizarse con y garantizar el cumplimiento de las leyes, normas y regulaciones que aplican a sus actividades, tanto dentro como fuera de EE. UU.

Tarifas y multas por incumplimiento

Las violaciones a las Normas de Alaska, el contrato de transporte aéreo de Alaska, el ARC de la ARA o el Acuerdo de Agencias de Venta a Pasajeros de la IATA, cualquier ley, norma y regulación aplicable (estadounidense o extranjera) y los reglamentos aplicables de la tarifa de Alaska (en conjunto, las "Regulaciones de Viaje") pueden tener como consecuencia lo siguiente:

  • Alaska puede cobrar, y el agente acepta pagar, un cargo por pasajero, por PNR, por cada violación.
  • El agente puede perder de manera temporal o permanente el acceso a la visualización, reserva y emisión de boletos del inventario de Alaska. Para que se considere su restitución, el agente debe corregir cualquier incumplimiento con las Normas de Viaje y abonar el monto adeudado a Alaska. Si Alaska decide restituir al agente, Alaska puede evaluar la posibilidad de cobrar un cargo adicional para devolver las capacidades de acceso a través de un GDS.
  • El agente debe pagar por cualquier pérdida incurrida por Alaska a causa de la violación de las Normas de Viaje por parte del agente, entre ellas la pérdida de ganancias, la diferencia entre la tarifa cobrada y la tarifa real disponible al momento de la violación, y la recuperación de las tarifas de transacción de GDS.
  • Alaska puede compensar cualquier monto adeudado al agente por parte de Alaska desde cualquier fuente disponible para que se pueda cumplir con el monto adeudado por el agente a Alaska como resultado de la violación del agente de las Normas de Viaje.
  • Alaska puede cancelar uno o todos los nombramientos de agencias aplicables de cualquier agente que no cumpla con las Normas de Viajes. Alaska también se reserva el derecho de informar toda violación de las Normas de Viaje a la ARC o la IATA, quienes pueden someter al agente a multas o sanciones adicionales, hasta e inclusive la suspensión o cancelación.