Sección I - Reglas Generales

Regla 5AS - Aplicación de Aranceles

  1. Reservaciones
    1. Este arancel gobierna la aplicación de todas las reglas y cargos, e incorpora por referencia todas las reglas de tarifas archivadas con la Compañía de Publicaciones del Arancel de la Aerolínea, Arancel sobre Tarifas y Reglas de Pasajeros Internacionales Nro. AS-1.
    2. A menos que se indique lo contrario más abajo, la regla de tarifas estipula tarifas locales y mixtas, incluyendo las arbitrarias, contenidas en la base de datos del arancel en internet mantenida por la compañía de publicaciones de aranceles de la aerolínea, agente de parte de AS, son consideradas como parte de este arancel. Excepción: Para las tarifas publicadas por regla, ver página nro. AS-107 de C.A.B. Nro. 578, NTA(a) nro. 378.
  2. El Transporte Internacional estará sujeto a las reglas relacionadas con las responsabilidades establecidas por, y para todas las demás cláusulas, la Convención para la Unificación de Ciertas Reglas Relacionadas con el Transporte Aéreo Internacional, firmada en Varsovia el 12 de octubre de 1929, o en la enmienda de dicha convención, cualquiera podrá ser aplicable. Cualquier cláusula de estas reglas que sea inconsistente con cualquier cláusula de la convención no será aplicable al transporte internacional, excepto cuando las reglas hayan sido adoptadas bajo los términos del Acuerdo entre Aerolíneas de IATA (Asociación Internacional de Transporte Aéreo) firmado el 31 de octubre de 1995.
  3. Cambios en las Reglas, Tarifas y Cargos: Exceptuando lo estipulado en las reglas de tarifas específicas, el transporte está sujeto a las reglas, tarifas y cargos vigentes al día de la fecha en que se compra el boleto. Las reglas, tarifas y cargos indicados para la venta de boletos no estarán garantizadas después de la medianoche del día en que fueron publicados.
    1. Si un aumento en las tarifas o cargos se hace efectivo antes de la emisión de cualquier porción del boleto, la totalidad del aumento o reducción del precio será cobrada o reembolsada al pasajero.
    2. No se cobrará ningún aumento en los casos en que el boleto haya sido emitido antes de la fecha efectiva del cambio en una tarifa que resulte en un aumento en la tarifa local o mixta aplicable, a menos que:
      1. El boleto haya sido emitido y confirmado para un vuelo específico con la tarifa en efecto el día de la fecha de la emisión del boleto (determinada por la validación sellada o impresa en el boleto).
      2. El vuelo original que se muestra en el boleto no es cambiado voluntariamente por pedido del pasajero posterior a la fecha efectiva de cualquier aumento en la tarifa aplicable. Estas provisiones se aplican tanto si dicho aumento resulta de un cambio en el nivel de la tarifa, de un cambio en las condiciones que gobiernan la tarifa o de la cancelación del boleto mismo.
    3. Si, después que un boleto haya sido emitido o antes que cualquier porción del mismo haya sido usada, una reducción en las tarifas o cargos aplicables al transporte que se muestra en el boleto se hace efectiva o bien una nueva tarifa para la que el pasajero puede ahora calificar es agregada entre los puntos que se muestran en el boleto, la cantidad total de la diferencia en las tarifas será reembolsada en forma de crédito no reembolsable, siempre y cuando:
      1. No haya ningún cambio en lo(s) punto(s)/vuelo(s)/fecha(s) de origen/destino/escala mostrados en el boleto original.
      2. Posterior a la reducción en la(s) tarifa(s)/cargo(s) o a la suma de una nueva tarifa, el cliente debe recalificar para la actual tarifa reducida cumpliendo con la compra anticipada y con otros requisitos en la fecha en la que llaman para una nueva emisión del boleto. Los pasajeros que cumplan con los requisitos recibirán un crédito electrónico no reembolsable por correo electrónico por la diferencia en la tarifa, el cual será emitido a nombre del comprador del boleto original.
          1. El crédito es válido por un año a partir de la fecha en que se procesa. Una vez emitido, el boleto es válido por un año a partir de la fecha del viaje de ida.
          2. El crédito podrá ser aplicado a un boleto solamente. No es válido para tarifas de cambio, exceso de equipaje o cualquier otro servicio o tarifa.
          3. Valido solamente para vuelos operados por Alaska/Horizon. No válido para vuelos con códigos compartidos.
          4. Cualquier exceso en el monto/residual será absorbido.
          5. Esta política garantizada de tarifas aéreas se aplica solamente dentro de los primeros 90 días luego de haber comprado el boleto original.
          6. Una vez que el boleto sea reemitido, todas las nuevas reglas y condiciones tendrán vigencia.
          7. El itinerario debe permanecer exactamente igual, sólo podrá cambiarse la clase de servicio siempre y cuando esté disponible.
          8. La política del boleto aéreo garantizado se aplica solamente si el boleto se vuelve a emitir con una tarifa menor publicada. El boleto original puede ser una tarifa de internet, un especial de internet o uno emitido conjuntamente con un premio de AS50, pero el nuevo boleto de menor precio debe tener una tarifa publicada.
          9. Si el boleto original es un premio AS50, el beneficio de AS50 se pasará al boleto reemitido.
          10. El boleto debe ser reemitido antes de que expire la nueva tarifa.
  4. Las referencias de páginas, reglas, ítems y notas son continuas e incluyen revisiones, suplementos y reediciones de las mismas.
  5. AS será responsable de proveer transporte sólo dentro de sus propias rutas. Cuando AS se comprometa a emitir un boleto, controlar el equipaje o hacer otros arreglos para el transporte en rutas de cualquier otra aerolínea, sólo actuará como agente intermediario y no asumirá ninguna responsabilidad por los actos u omisiones de la otra aerolínea.
  6. Ningún empleado tiene autoridad para alterar, modificar o renunciar a ninguna de las cláusulas del contrato de transporte aéreo a menos que esté autorizado por un funcionario corporativo de esa aerolínea. Los agentes y representantes seleccionados por AS sólo están autorizados a vender boletos para el transporte aéreo conforme a las tarifas, reglas y regulaciones aprovadas por AS. Esta regla reemplaza cualquier cláusula conflictiva contenida en cualquier otro lugar de este contrato de transporte aéreo.
  7. Alaska no garantiza el transporte en ningún tipo o marca particular de aeronave y se reserva el derecho de proveer transporte en la aeronave o transporte aéreo de su elección.
  8. Los horarios de llegada y salida que Alaska muestra en sus cronogramas, horarios o cualquier otro lugar no están garantizados y pueden cambiar sin previo aviso.
  9. Alaska no garantiza disposiciones de ninguna clase o tipo de servicio en particular en los Vuelos de Servicio Sustituto series 1000, 2000, 3000, 4000, 5000 o 6000.
  10. Los boletos tienen validez sólo entre los puntos para los que son publicados. Los boletos no podrán ser emitidos para viaje(s) publicado(s) hacia y/o desde un punto más distante que los puntos originales del viaje, aún cuando la emisión de dichos boletos genere una tarifa menor. Cuando los pasajeros con vuelos directos o de conexión aborden un avión en un punto intermedio entre el origen y el destino que muestran sus boletos, AS puede pedir evidencia, tal como una tarjeta de embarque, de uso de un vuelo anterior para la porción del boleto desde el punto de origen hasta un punto intermedio. Si no existe dicha evidencia, AS puede solicitar un monto adicional al pasajero por cualquier diferencia entre la tarifa pagada por el boleto desde el origen hacia el destino y la tarifa que correspondería desde el punto intermedio de embarque hasta el destino.
  11. Ley de Anulación: Cuando alguna cláusula contenida o referenciada en el boleto o en este arancel sea contraria a una ley obligatoria, regulación del gobierno, orden o requisito, tales cláusulas permanecerán vigentes y serán sólo mientras dicha cláusula no contradiga a ello. La invalidez de cualquier cláusula no afectará ninguna otra parte.

Regla 6AS - Clases de Servicio

  1. Primera Clase: La sección de Primera Clase estará situada en el compartimento de la parte delantera de la aeronave. A los pasajeros sentados en la sección de Primera Clase se les proporcionarán comodidades durante el vuelo tales como bebidas de cortesía (incluyendo cócteles y vinos).
  2. Clase Económica: La sección de Clase Económica estará situada inmediatamente detrás del compartimento de primera clase. A los pasajeros sentados en la sección de Clase Económica se les proporcionarán comodidades durante el vuelo tales como bebidas de cortesía (excluyendo los cócteles).

    Excepción: Sin servicio durante el vuelo en:

    Vuelos de Servicio Sustituto de AS Series 4800-4899 Helicópteros Era
    Vuelos de Servicio Sustituto de AS Series 4200-4299 Peninsula Airways, Inc.